Consideraciones del profesor Rafael Antonio Rodríguez Ramos
Con motivo del venidero DNA de la FCCPV en la Isla de Margarita (9-10 de agosto), y con la presunción de que algunos temas serán considerados por las mesas de trabajo y la plenaria del evento, me permito hacer algunas consideraciones que pueden ayudar a un mejor resultado en las conclusiones:
a) Posición del GLENIF sobre las VEN NIF.
a. De acuerdo al documento circularizado en las redes sociales y por otras vías de comunicación, el GLENIF (Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera), Venezuela debe realizar cambios estructurales en su proceso de ADOPCIÓN de estándares Internacionales para adecuarlo al modelo de Adopción. Esto implica No utilizar la terminología BA VEN NIF en las distintas actuaciones profesionales, como se ha venido utilizando, básicamente por no ser parte de la Normativa Internacional (NIIF) la terminología mencionada; esta herramienta es aplicable en Venezuela para informar y comunicar la entrada en vigencia o tratamientos relacionados con la adopción de NIIF. Como consecuencia inmediata, en los países donde se aplica la adopción de normas internacionales de información financiera, se crea una distorsión con el uso y mención de las VEN NIF; por consiguiente los usuarios en esos países no están informados y no son conocedores del uso y aplicación de la nomenclatura venezolana. Recomiendo se analice, con criterios técnicos y por colegas conocedores del tema, la situación que plantea el GLENIF; que se nombre un equipo de trabajo el cual produzca un instrumento borrador a ser sometido a consulta nacional y luego considerado por el Comité Permanente de PC de la FCCPV; considero que es hora de hacer las rectificaciones pertinentes, reconocer los errores es de humano, eliminar de los informes de actuación del CPC las siglas VEN NIF; que sirva para procesos internos de información sobre NIIF y otros temas relacionados; producir una declaración ante los usuarios del cambio sobre el uso de VEN NIF; informar a los usuarios del cambio, por ejemplo: SAREN, SNC, SUDEBAN, SUDECA, SUDESEG, SUPERINTENCIA DE VALORES, entre otros organismos; dar la mayor divulgación del cambios realizado y por supuesto, hacer participe al GLENIF y al IASB.
a. De acuerdo al documento circularizado en las redes sociales y por otras vías de comunicación, el GLENIF (Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera), Venezuela debe realizar cambios estructurales en su proceso de ADOPCIÓN de estándares Internacionales para adecuarlo al modelo de Adopción. Esto implica No utilizar la terminología BA VEN NIF en las distintas actuaciones profesionales, como se ha venido utilizando, básicamente por no ser parte de la Normativa Internacional (NIIF) la terminología mencionada; esta herramienta es aplicable en Venezuela para informar y comunicar la entrada en vigencia o tratamientos relacionados con la adopción de NIIF. Como consecuencia inmediata, en los países donde se aplica la adopción de normas internacionales de información financiera, se crea una distorsión con el uso y mención de las VEN NIF; por consiguiente los usuarios en esos países no están informados y no son conocedores del uso y aplicación de la nomenclatura venezolana. Recomiendo se analice, con criterios técnicos y por colegas conocedores del tema, la situación que plantea el GLENIF; que se nombre un equipo de trabajo el cual produzca un instrumento borrador a ser sometido a consulta nacional y luego considerado por el Comité Permanente de PC de la FCCPV; considero que es hora de hacer las rectificaciones pertinentes, reconocer los errores es de humano, eliminar de los informes de actuación del CPC las siglas VEN NIF; que sirva para procesos internos de información sobre NIIF y otros temas relacionados; producir una declaración ante los usuarios del cambio sobre el uso de VEN NIF; informar a los usuarios del cambio, por ejemplo: SAREN, SNC, SUDEBAN, SUDECA, SUDESEG, SUPERINTENCIA DE VALORES, entre otros organismos; dar la mayor divulgación del cambios realizado y por supuesto, hacer participe al GLENIF y al IASB.
b) Postura del SNC sobre solicitar EE FF en moneda histórica para el proceso de evaluación de la capacidad financiera de contratación de las entidades de negocios.
1-. Una reciente publicación del Servicio Nacional de Contratistas (SNC), establece solicitar a las entidades que realizan los procesos de actualización e inscripción en ese organismo (vía RNC-RAC), presentar la información financiera en cifras históricas; argumentando la demora en la entrega por parte del BCV de los indicadores sobre la inflación en el país (realmente, Hiperinflación). Considero debe ser analizado y discutido este tipo de requisito en un país considerado con la MAYOR INFLACIÓN DEL MUNDO (es una hiperinflación); las implicaciones financiera, de solvencia, de análisis financiero, que afectan a las empresas en procesos de actualización e inscripción son de relevancia material; por otro lado, el gremio no puede dejar de manifestar su posición sobre un tema que tiene relación con la profesión de la contaduría pública y la auditoria de información financiera. Una declaración nacional y una comunicación al organismo responsable (SNC), debe salir como propuesta para la plenaria. Aprovecho el punto para hacer extensiva la petición a todas la entidades de negocios en Venezuela.
1-. Una reciente publicación del Servicio Nacional de Contratistas (SNC), establece solicitar a las entidades que realizan los procesos de actualización e inscripción en ese organismo (vía RNC-RAC), presentar la información financiera en cifras históricas; argumentando la demora en la entrega por parte del BCV de los indicadores sobre la inflación en el país (realmente, Hiperinflación). Considero debe ser analizado y discutido este tipo de requisito en un país considerado con la MAYOR INFLACIÓN DEL MUNDO (es una hiperinflación); las implicaciones financiera, de solvencia, de análisis financiero, que afectan a las empresas en procesos de actualización e inscripción son de relevancia material; por otro lado, el gremio no puede dejar de manifestar su posición sobre un tema que tiene relación con la profesión de la contaduría pública y la auditoria de información financiera. Una declaración nacional y una comunicación al organismo responsable (SNC), debe salir como propuesta para la plenaria. Aprovecho el punto para hacer extensiva la petición a todas la entidades de negocios en Venezuela.
c) La hiperinflación y su reconocimiento en Venezuela
1.-. Debe ser objeto de análisis y discusión la falta de reconocimiento de la Hiperinflación en los EE FF de las entidades de negocios en Venezuela. Esto esta ocurriendo en un alto porcentaje en el país; tanto los profesionales como las entidades no reconocen el impacto de la hiperinflación; por consiguiente, no estamos aplicando NIIF (sección 31 de NIIF PyMEs – NIC 29), y en muchos casos la opinión del auditor es sin salvedades. Mi recomendación es hacer un llamado de atención a los CPC de aplicar la normativa que rige la hiperinflación y la referente a los informes auditados y de otros servicios prestados por los profesionales de la Contaduría Pública. Un llamado a utilizar las NIIF; en la página del IASB (jurisdicciones que adoptan NIIF, se encuentra Venezuela), nuestro país se encuentra en ADOPCIÓN. Mitos y realidades de la Adopción de NIIF en Venezuela.
d) Sobre la operaciones en moneda extranjera (Dolarización no oficializada)
a. Una realidad económica es la dolarización en Venezuela; no oficializada como moneda de usos general en el país, pero en la práctica se muestra en mayor o menor intensidad en los diferentes Estados que conforman la República. Existe el Convenio Cambiario No.01. modificado, del 7 de septiembre de 2018, que eliminó los 39 convenios anteriores, entre ellos el DICON; en el mencionado convenio, se estable la libre convertibilidad de la moneda extrajera y reduce los efectos del control cambiario; sin embargo se establece una tasa de cambio oficial para el reconocimiento y medición de las operaciones en moneda extranjera (actualmente se obtiene de las operaciones promediadas de las Mesas de Cambios); Esto crea un ambiente de turbulencia e incertidumbre en el país, fundamentado en operaciones en divisas realizada con un tipo de cambio no oficial, constituyendo un delito cambiario con implicaciones para las empresas y por ende para los profesionales involucrados. Recomiendo una divulgación de las debilidades, amenazas que pueden generarse por el incumplimiento de las disposiciones oficiales en materia de operaciones con divisas; establece una posición pública sobre el tema en referencia y dar mayor información a los profesionales de la contaduría pública.
e) Procesos de capacitación del Gremio como realidad de la profesión
1.-. Debe ser objeto de análisis y discusión la falta de reconocimiento de la Hiperinflación en los EE FF de las entidades de negocios en Venezuela. Esto esta ocurriendo en un alto porcentaje en el país; tanto los profesionales como las entidades no reconocen el impacto de la hiperinflación; por consiguiente, no estamos aplicando NIIF (sección 31 de NIIF PyMEs – NIC 29), y en muchos casos la opinión del auditor es sin salvedades. Mi recomendación es hacer un llamado de atención a los CPC de aplicar la normativa que rige la hiperinflación y la referente a los informes auditados y de otros servicios prestados por los profesionales de la Contaduría Pública. Un llamado a utilizar las NIIF; en la página del IASB (jurisdicciones que adoptan NIIF, se encuentra Venezuela), nuestro país se encuentra en ADOPCIÓN. Mitos y realidades de la Adopción de NIIF en Venezuela.
d) Sobre la operaciones en moneda extranjera (Dolarización no oficializada)
a. Una realidad económica es la dolarización en Venezuela; no oficializada como moneda de usos general en el país, pero en la práctica se muestra en mayor o menor intensidad en los diferentes Estados que conforman la República. Existe el Convenio Cambiario No.01. modificado, del 7 de septiembre de 2018, que eliminó los 39 convenios anteriores, entre ellos el DICON; en el mencionado convenio, se estable la libre convertibilidad de la moneda extrajera y reduce los efectos del control cambiario; sin embargo se establece una tasa de cambio oficial para el reconocimiento y medición de las operaciones en moneda extranjera (actualmente se obtiene de las operaciones promediadas de las Mesas de Cambios); Esto crea un ambiente de turbulencia e incertidumbre en el país, fundamentado en operaciones en divisas realizada con un tipo de cambio no oficial, constituyendo un delito cambiario con implicaciones para las empresas y por ende para los profesionales involucrados. Recomiendo una divulgación de las debilidades, amenazas que pueden generarse por el incumplimiento de las disposiciones oficiales en materia de operaciones con divisas; establece una posición pública sobre el tema en referencia y dar mayor información a los profesionales de la contaduría pública.
e) Procesos de capacitación del Gremio como realidad de la profesión
1.- Es necesario retomar los procesos de capacitación nacional en áreas como: NIIF, NIAs, Auditoría Interna, Servicios de Aseguramiento, Tributos en General, Auditoría Forense, Auditoria Ambiental, Legitimación de Capitales, para reformar las habilidades, destrezas, conocimientos, prácticas de los Contadores Públicos. De igual manera, retomar y profundizar con los procesos actividades con las Universidades del país; es un clamor.
Espero sea de utilidad
Rafael Rodríguez Ramos
Expresidente de la FCCPV
Rafael Rodríguez Ramos
Expresidente de la FCCPV